{"id":4213,"date":"2019-03-06T15:21:28","date_gmt":"2019-03-06T15:21:28","guid":{"rendered":"http:\/\/thomascooper.com.ec\/?p=4213"},"modified":"2019-03-06T18:29:23","modified_gmt":"2019-03-06T18:29:23","slug":"tres-anos-y-medio-de-carcel-para-un-hombre-que-se-amputo-la-mano-para-cobrar-el-seguro-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/thomascooper.com.ec\/?p=4213","title":{"rendered":"Tres a\u00f1os y medio de c\u00e1rcel para un hombre que se amput\u00f3 la mano para cobrar el seguro"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"4213\" class=\"elementor elementor-4213 elementor-bc-flex-widget\">\n\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-789edc2 elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"789edc2\" data-element_type=\"section\" data-settings=\"{&quot;background_background&quot;:&quot;classic&quot;}\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-06374fb\" data-id=\"06374fb\" data-element_type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-68d3582 elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"68d3582\" data-element_type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t<p class=\"has-drop-cap\">Los hechos considerados sucedieron en la madrugada del d\u00eda 10 de diciembre de 2007, cuando el acusado, \u201csolo o con la ayuda de terceros\u201d, se amput\u00f3 con un instrumento cortante la mano derecha para cobrar las coberturas pactadas en las ocho p\u00f3lizas que hab\u00eda contratado con varias compa\u00f1\u00edas de seguros. El fallo relata que, despu\u00e9s de hacerse un torniquete para controlar la hemorragia, se dirigi\u00f3 con su coche hacia la carretera conocida como Camino Viejo de Nules a Moncofar (Castell\u00f3n) y lo dej\u00f3 caer por un terrapl\u00e9n. Acto seguido, coloc\u00f3 la mano que se hab\u00eda cortado a los pies del asiento del conductor y, despu\u00e9s de incendiar el autom\u00f3vil con una bolsa de gasolina, llam\u00f3 al 112 y se tumb\u00f3 hasta que lleg\u00f3 un polic\u00eda local que lo encontr\u00f3 en la misma postura y fum\u00e1ndose un cigarro.<\/p><p>Con posterioridad a estos hechos, emprendi\u00f3 acciones judiciales para cobrar las p\u00f3lizas de seguro suscritas con las aseguradoras -con algunas ten\u00eda hasta tres p\u00f3lizas- que cubr\u00edan, entre otros riesgos, el de fallecimiento, la incapacidad permanente y absoluta por accidente y la gran invalidez. El condenado, que era agricultor, ten\u00eda problemas econ\u00f3micos para pagar una hipoteca que hab\u00eda pedido para construir una vivienda, que le hab\u00edan embargado junto al coche.<\/p><p>Tras simular un accidente, coloc\u00f3 la mano bajo el asiento del conductor y quem\u00f3 el coche<\/p><h3>Tres compa\u00f1\u00edas pagaron<\/h3><p>El condenado tendr\u00e1 que devolver los 335.000 euros que le abonaron tres de las aseguradoras contratadas: 35.000 euros a Santa Luc\u00eda; 90.370 euros a Liberty Seguros y 209.564 euros a Axa Seguros. No obstante, la sentencia estima de forma parcial el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por el acusado contra el fallo de la Audiencia Provincial de Castell\u00f3n que le impuso cuatro a\u00f1os de prisi\u00f3n, pena que ahora el Tribunal Supremo reduce a tres a\u00f1os y seis meses al apreciar la atenuante de dilaciones indebidas por el largo tiempo transcurrido desde que se incoaron las diligencias, en junio de 2009, hasta que se dict\u00f3 sentencia por dicho tribunal, en enero de 2016.<\/p><p>El Supremo ha rechazado todos los dem\u00e1s argumentos de la defensa para exigir la indemnizaci\u00f3n. Entre ellos., que el acusado sufre un cuadro psiqui\u00e1trico grave cr\u00f3nico, con actual diagn\u00f3stico de esquizofrenia paranoide, desde el accidente; que el corte de la mano no fue limpio y se produjo en el momento del accidente, no antes; que el tramo de carretera donde se sali\u00f3 el veh\u00edculo es un tramo curvo y no recto y, por \u00faltimo, que solo la amputaci\u00f3n de la mano no estaba garantizada en las p\u00f3lizas contratadas.<\/p><p>El condenado ten\u00eda problemas para pagar una hipoteca<\/p><p>Seg\u00fan el fallo, el acusado ocult\u00f3 a las distintas compa\u00f1\u00edas aseguradoras que hab\u00eda sido \u00e9l quien hab\u00eda provocado el siniestro origen de las lesiones que constitu\u00eda la base de su reclamaci\u00f3n a las mismas, \u201cenga\u00f1o revestido de una apariencia de realidad y seriedad suficientes para enga\u00f1arlas, dado lo maquiav\u00e9lico del plan urdido a tal efecto\u201d, hasta el punto de que al menos tres de ellas \u2013Santa Luc\u00eda, Liberty y Axa- le abonaron las cantidades citadas y las restantes no lo hicieron, pese a las reclamaciones formuladas, por la prejudicialidad derivada de la existencia de la presente causa penal.<\/p><p>La sentencia a\u00f1ade que \u201cel hecho nuclear del enga\u00f1o fue amputarse intencionadamente la mano simulando haber sido consecuencia de un siniestro vial, con una puesta en escena apta para provocar la mendaz apariencia deseada\u201d.<\/p><p>Asimismo, indica que los indicios, plenamente acreditados, para condenar se apoyan, entre otros, en el perfil de riesgo del acusado que no justifica la contrataci\u00f3n de tantas p\u00f3lizas en tan poco tiempo. Tambi\u00e9n se basa en su perfil patrimonial, que considera impropio de una persona que contrata ese n\u00famero de p\u00f3lizas cuyo pago requiere un aporte econ\u00f3mico que no parece poder soportarlo con los ingresos de su trabajo o el de su esposa. Sobre la amputaci\u00f3n de la mano, afirma que se produjo antes del accidente y, en ning\u00fan caso, por la barra o regle porque el corte es limpio.<\/p><p>Por \u00faltimo, se\u00f1ala que la salida del veh\u00edculo fue a poca velocidad y de forma controlada, y que el incendio no fue accidental sino por la aplicaci\u00f3n de una fuente directa de calor que solo pudo venir del acusado.<\/p>\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los hechos considerados sucedieron en la madrugada del d\u00eda 10 de diciembre de 2007, cuando el acusado, \u201csolo o con la ayuda de terceros\u201d, se amput\u00f3 con un instrumento cortante la mano derecha para cobrar las coberturas pactadas en las ocho p\u00f3lizas que hab\u00eda contratado con varias compa\u00f1\u00edas de seguros. El fallo relata que, despu\u00e9s de hacerse un torniquete para controlar la hemorragia, se dirigi\u00f3 con su coche hacia la carretera conocida como Camino Viejo de Nules a Moncofar (Castell\u00f3n) y lo dej\u00f3 caer por un terrapl\u00e9n. Acto seguido, coloc\u00f3 la mano que se hab\u00eda cortado a los pies del asiento del conductor y, despu\u00e9s de incendiar el autom\u00f3vil con una bolsa de gasolina, llam\u00f3 al 112 y se tumb\u00f3 hasta que lleg\u00f3 un polic\u00eda local que lo encontr\u00f3 en la misma postura y fum\u00e1ndose un cigarro. Con posterioridad a estos hechos, emprendi\u00f3 acciones judiciales para cobrar las p\u00f3lizas de seguro suscritas con las aseguradoras -con algunas ten\u00eda hasta tres p\u00f3lizas- que cubr\u00edan, entre otros riesgos, el de fallecimiento, la incapacidad permanente y absoluta por accidente y la gran invalidez. El condenado, que era agricultor, ten\u00eda problemas econ\u00f3micos para pagar una hipoteca que hab\u00eda pedido para construir una vivienda, que le hab\u00edan embargado junto al coche. Tras simular un accidente, coloc\u00f3 la mano bajo el asiento del conductor y quem\u00f3 el coche Tres compa\u00f1\u00edas pagaron El condenado tendr\u00e1 que devolver los 335.000 euros que le abonaron tres de las aseguradoras contratadas: 35.000 euros a Santa Luc\u00eda; 90.370 euros a Liberty Seguros y 209.564 euros a Axa Seguros. 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